Código de Trámite: GADDMQ-TE-EAP-01

Descripción

Este servicio es una actualización del nombre que consta en la factura de agua potable (cuenta contrato). Se otorga para terminar la relación comercial con un cliente por múltiples razones e iniciar la relación con el nuevo cliente, quien será el responsable de pago del servicio.

¿A quién está dirigido?

Este servicio puede ser solicitado por el titular del predio sea de una institución pública o privada, persona natural o persona jurídica, nacional o extranjera que tenga una o varias cuentas de agua potable en la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Cuenta actualizada con el nombre del nuevo titular

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Presentar.: Nombramiento del representante legal y RUC actualizado, en caso de ser persona jurídica.
  2. Copia de la escritura con la razón de inscripción del Registro de la Propiedad actualizado y/o copia de la posesión efectiva inscrita en el Registro de la Propiedad y/o certificado de gravamen actualizado.
  3. Completar y suscribir el formulario.
  4. En caso de ser varios propietarios, adjuntar autorización simple de los otros, debidamente firmada, citando nombre completos y número de cédula.

Requisitos Especiales:

  1. En caso de que el titular anterior de la cuenta sea quien solicite el cambio, debe adjuntar lo siguiente.: Llenar y suscribir el Contrato para Cambio de titular de la cuenta,.
  2. Copia Escritura o certificado del registrador de la Propiedad actualizado; o, Copia Cédula Catastral actualizada.

¿Cómo hago el trámite?

El cliente interesado en solicitar este servicio debe llenar y suscribir el CONTRATO DE CAMBIO DE TITULAR DE LA CUENTA DE AGUA POTABLE Y/O ALCANTARILLA; y, presentarlo en nuestros canales de atención, conjuntamente con los requisitos, donde un ejecutivo de atención al cliente realizará la actualización siempre que cumpla con los requisitos.

Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canales de atención Presencial:

  • Agencia: Valle de los Chillos Dirección: Gribaldo Miño y Av. Ilaló, sector Dean bajo, Conocoto. Horario de Atención: Lunes-Viernes 08H00 a 16H45
  • Agencia: Quicentro Sur Dirección: Centro Comercial Quicentro Sur local 84; 2do piso. Horario de atención: Lunes a Sábado: 08H30 a 18H00
  • Agencia: Matriz Dirección: Av. Mariana de Jesús entre Italia y Alemania. Horario de Atención: Lunes-Viernes: 07H30 a 17H00. Sábados 08h00 a 12h00
  • Agencia: El Condado Dirección: Centro Comercial El Condado, Local 107 - 109, Av. Prensa y Mariscal Sucre. Horario de Atención: Lunes-Sábado 10H00 a 18H30.
  • Agencia: Calderón (Centro Comercial Coral Plaza) Dirección: Marianitas de Calderón, Sub. 1 Atención: Lunes-Sabado: 09H00 a 17H00
  • Agencia: Zonal Eloy Alfaro Dirección: Alonso de Angulo y Cap. Cesar Chiriboga. Horario: 08H00 a 16:30
  • Agencia: Tumbaco Dirección: Centro Comercial Ventura Mall 2do Piso Horario: 08H00 a 16H00

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Contacto: Pahola Carrillo

Email: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec

Teléfono: Teléfono: 2994-400

  • Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - Art(s). ARTICULO 568

    Art. 568.- Servicios sujetos a tasas.- Las tasas serán reguladas mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del alcalde municipal o metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo concejo, para la prestación de los siguientes servicios: a) Aprobación de planos e inspección de construcciones; b) Rastro; c) Agua potable: d) Recolección de basura y aseo público; e) Control de alimentos; f) Habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales; g) Servicios administrativos; h) Alcantarillado y canalización; e, i) Otros servicios de cualquier naturaleza. Cuando el gobierno central hubiere transferido o transfiera excepcionalmente al nivel de gobierno municipal o metropolitano las competencias sobre aeropuertos, se entenderá también transferida la facultad de modificar o crear las tasas que correspondan y a las que haya lugar por la prestación de éstos servicios públicos, a través de las respectivas ordenanzas.


 

2024-11-22