Son beneficiarios del subsidio las personas Adultas Mayores, personas naturales nacionales o extranjeras que tengan 65 años de edad o más; y que cumplan los requisitos estipulados en la referida Ley; y, que dispongan de un predio con servicio de agua potable en el Distrito Metropolitano de Quito o en sus parroquias aledañas. El beneficio solamente se autorizará a una cuenta de agua potable.
Son beneficiarios del subsidio las personas con Discapacidad, personas naturales nacionales o extranjeras que tengan discapacidad igual o superior al 30%; que cumplan los requisitos estipulados en la referida Ley; y, que dispongan de un predio con servicio de agua potable en el Distrito Metropolitano de Quito o en sus parroquias aledañas. El beneficio solamente se autorizará a una cuenta de agua potable.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera