Código de Trámite: GADDMQ-TE-EAP-08

Descripción

Este trámite es para nuevos clientes o clientes ya existentes que necesiten una conexión domiciliaria inicial de agua potable y alcantarillado o cambio de diámetro de una conexión de agua potable o alcantarillado ya existente. Los cambios de diámetro se autorizan cuando existen modificaciones en la unidad habitacional o construcciones adicionales en el predio.

¿A quién está dirigido?

Todos los habitantes del Distrito Metropolitano de Quito y parroquias aledañas, que pueden ser nacionales, extranjeros, personas naturales o jurídicas que necesiten el abastecimiento de agua potable, alcantarillado o el cambio de diámetro de la misma.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

CONEXION INICIAL DE AGUA POTABLE Y/O ALCANTARILLADO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Se requiere llenar la solicitud de conexión domiciliaria de agua potable, alcantarillado o cambio de diámetros de conexión debe.: Presentar.Copia de la escritura con la inscripción del Registro de la Propiedad y/o certificado de gravamen actualizado.
  2. Nombramiento del representante legal y RUC actualizado, en caso de ser persona jurídica.
  3. Comprobante de pago del Impuesto Predial.
  4. Fotografía impresa del sitio (ubicación para medidor).
  5. Para las parroquias metropolitanas suburbanas, certificado del Gobierno Autónomo Descentralizado respectivo, en caso de no poseer número de predio municipal ni la escritura.
  6. *La fotografía puede estar impresa en papel bond toda vez que sea legible.

Requisitos Especiales:

  1. Llenar y suscribir el formulario de SOLICITUD DE AGUA POTABLE Y/O ALCANTARILLADO con los requisitos y presentarlos a través de nuestros canales de atención.

¿Cómo hago el trámite?

  1. El procedimiento se inicia con el llenado de los formularios correspondientes que se encuentran en la página web institucional: www.aguaquito.gob.ec; y la recopilación de los documentos solicitados
  2. Realizar una inspección para verificar la factibilidad del servicio, la distancia a la red de distribución de agua potable y a la red de alcantarillado
  3. Posterior a la inspección se firma el contrato correspondiente y se procede con la instalación del servicio solicitado.
Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo por concepto de conexión inicial de agua potable o cambio de diámetro es de:

1/2 pulgada USD 323,36;
3/4 pulgada USD 415,18;
1 pulgada USD 541,77;
1 1/2 pulgadas USD 956,44;
2 pulgadas USD 5080,23;
3 pulgadas USD 7041,22;
4 pulgadas USD 10,072,32
El costo por concepto de conexión de alcantarillado es de:
6 pulgadas USD 326,11;
8 pulgadas USD 397,34;
10 pulgadas USD 447,26;
12 pulgadas USD 567,09;
14 pulgadas USD 1,148,42;
16 pulgadas USD 1514,27;
18 pulgadas USD 1.710,57
20 pulgadas USD 2,073,88

Estos costos rigen desde el 22 de diciembre de 2020. Los valores serán cobrados a través de las facturas de consumo de agua potable y saneamiento.
Recuerde: No están autorizados los cobros directos de los servicios que presta la EPMAPS por contratistas ni servidores de la institución. No debe realizar ningún pago adicional al valor señalado en su factura. Denuncie los cobros indebidos a nuestra línea gratuita 1800 24 24 24 o al correo electrónico: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canales de atención Presencial:

Agencia: Matriz
Dirección: Av. Mariana de Jesús entre Italia y Alemania. Horario de Atención: Lunes-Viernes: 07H30 a 17H00. Sábados 08h00 a 12h00 / Área de Promoción de Servicios

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

  • Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - Art(s). ARTICULO 568

    Art. 568.- Servicios sujetos a tasas.- Las tasas serán reguladas mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del alcalde municipal o metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo concejo, para la prestación de los siguientes servicios: a) Aprobación de planos e inspección de construcciones; b) Rastro; c) Agua potable: d) Recolección de basura y aseo público; e) Control de alimentos; f) Habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales; g) Servicios administrativos; h) Alcantarillado y canalización; e, i) Otros servicios de cualquier naturaleza. Cuando el gobierno central hubiere transferido o transfiera excepcionalmente al nivel de gobierno municipal o metropolitano las competencias sobre aeropuertos, se entenderá también transferida la facultad de modificar o crear las tasas que correspondan y a las que haya lugar por la prestación de éstos servicios públicos, a través de las respectivas ordenanzas.


 

2024-10-15