Acto administrativo queda insubsistente si no se entrega garantía o no se legaliza mediante escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, conforme los plazos establecido en la Resolución de Otorgamiento Comodato.
Una vez legalizada la escritura pública, la vigencia del comodato se encuentra establecida en la Resolución emitida por el Concejo Metropolitano de Quito.