Es la determinación del eje de la vía y las afectaciones reales en territorio, a través de la medición de distancias, ángulos, y demás elementos que constituyen la vía, para lo cual se observarán los procedimientos, grado de precisión y tolerancia de errores indicados en la normativa vigente.
Los informes de replanteos y afectaciones viales para vías locales de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito serán emitidos por las Administraciones Zonales dentro del ámbito de su circunscripción territorial de acuerdo a lo previsto en los actos normativos vigentes aprobados por el Concejo Metropolitano y los diseños definitivos debidamente aprobados por las autoridades administrativas. Para las vías arteriales, expresas y colectoras de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, el informe de replanteo y afectación vial será emitido por la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas.