Código de Trámite: GADDMQ-AG-CAT-31

Descripción

El Informe Técnico de Accidentes Geográficos se requiere para procesos de habilitación del suelo, construcción y regularización de asentamientos humanos de hecho. Este documento es emitido por el Municipio de Quito en archivo digital georreferenciado.

¿A quién está dirigido?

Trámite dirigido a Persona Naturales (Ecuatorianas o extranjeras) o jurídicas (privada o Pública) propietarias de un predio que tiene como lindero/s uno o varios accidentes geográficos (quebradas, taludes, ríos, etc).

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Informe Técnico de Accidentes Geográficos en formato PDF

Archivo digital .dxf y/o .shp implantado el o los accidentes geográficos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Plano de levantamiento planimétrico o topográfico georreferenciado en formato PDF. El plano debe tener la firma electrónica del profesional y fimas (digitales o manuales) del o los propietarios.
  2. Plano de levantamiento planimétrico o topográfico georreferenciado en formato DXF (Versión 2004 o menores). El levantamiento debe encontrarse en el Sistema de Referencia Espacial para el Distrito Metropolitano de Quito (SIRES-DMQ). En caso de existir construcciones implantar en el levantamiento.
  3. Archivo digital en formatos *.jpg; *.doc; *.pdf y/o videos en las que se pueda observar los linderos y el sector donde se encuentra el o los accidentes geográficos.

Requisitos Especiales:

  1. Parroquia.: Detallar la parroquia donde se encuentra ubicado el predio.
  2. Número de predio.: Detallar el número de predio (en caso de tener).
  3. Nombramiento representante legal.: Documento vigente en formato *.pdf.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Contar con lo planos debidamente firmados.
  2. Contar con el archivo digital donde se observe los linderos y el sector donde se encuentra el o los accidentes geográficos.
  3. Escoger la opción Ir al trámite en línea.
  4. Ingresar al sistema con usuario y clave personal.
  5. Adjuntar en formato digital los requisitos obligatorios y especiales de ser el caso.
  6. Recibir al correo electrónico la respuesta al trámite.
  7. Ingresar al Portal de Servicios Municipales en el siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/ , en la sección "MÁS VISITADOS", ver "MÁS TRÁMITES"  y seleccionar la opción  "CONSULTA DE TRÁMITES EN LÍNEA" con su usuario y clave personal y descargar la información adjunta..

Nota: En caso de no contar con usuario y clave realizar el registro en el siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/auth/login opción "Creación de usuario"

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canal virtual:

  • Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida en horario laboral: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El Informe tiene validez de dos años a partir de su emisión.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección Metropolitana de Servicios Ciudadanos

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: 1800 510 510

  • Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Libro Cuarto - Art(s). IV.1.116, 117, 118, / LOETA Numeral 6 Articulo 3, Articulo 35, LOTAIP Art 1

    Ord  172.- Art 117  literal
    2.- Los bordes superiores de las quebradas, depresiones y taludes serán determinados y certificados por el organismo administrativo responsable del catastro metropolitano, en base al análisis fotogramétrico y de la cartografía disponible en sus archivos , en la cual constan graficadas las respectivas curvas de nivel .
    3.- Esta definición deberá contener el dato de la pendiente de la quebrada en grados y porcentaje para cada lote y en  el caso de urbanizaciones y  subdivisiones, se registrara la pendiente promedio dominante,  que servirá como referente para definir las áreas de protección que correspondan.


 

2024-10-15