Código de Trámite: GADDMQ-MO-EMO-10

Descripción

Trámite orientado a emitir un permiso al ciudadano para el uso de las Zonas BBQ que existen en los distintos Parques Metropolitanos del Distrito Metropolitano de Quito.

El uso de las zonas BBQ puede ser para: eventos familiares y/o sociales, siempre y cuando se comprometan a cuidarlo y mantenerlo en condiciones adecuadas durante el tiempo de uso.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas que desean alquilar las zonas BBQ para uso ocasional, ubicados en los Parques Metropolitanos del Distrito Metropolitano de Quito.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Permiso para el uso de Zonas BBQ en Parques Metropolitanos

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Nombres.
  2. Apellidos.
  3. No. Cédula.
  4. Correo electrónico.
  5. Teléfono.
  6. Nombre del Parque.
  7. Fecha.
  8. Hora.
  9. Foto de la Cédula de identidad.

¿Cómo hago el trámite?

Aplicación Móvil:

  1. Descargar la aplicación "Quito a tu Alcance": Android: https://play.google.com/store/search?q=quito%20a%20tu%20alcance&c=apps&hl=es_EC&gl=US ó iOS: https://apps.apple.com/ec/app/quito-a-tu-alcance/id6444841448
  2. Seleccionar la opción "Reserva de zona BBQ"
  3. Crear usuario y contraseña
  4. Iniciar Sesión
  5. Seleccionar el parque (Guangüiltagua, Armenia, Equinoccial, Itchimbía y Metropolitano Sur).
  6. Registrar la información solicitada en la aplicación móvil (fecha y hora del evento, correo electrónico, etc.).
  7. Seleccionar "Reserva".
  8. Recibir respuesta sobre la disponibilidad del espacio a través del correo electrónico registrado.
  9. Recibir el acuerdo de responsabilidad "Reglamento para uso de parrillas", valor de la reserva y número de cuenta para el pago (en caso de no existir disponibilidad, realizar la reserva en otro parque mediante una nueva solicitud en la aplicación móvil).
  10. Realizar el pago y firmar el acuerdo de responsabilidad
  11. Enviar por correo electrónico el "Reglamento para uso de parrillas" (esta actividad deberá realizarse si existe disponibilidad).
  12. Acceder a la reserva en la fecha y hora solicitadas.
Canales de atención: Aplicación Móvil

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo en cualquier parque metropolitano es de USD 7,19

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en Aplicación Móvil: App Quito a tu Alcance habilitado de lunes a domingo las 24 horas

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El alquiler de la zona alquilada es válido por la fecha y hora solicitada.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Administración de los Parques Metropolitanos

Email: andrea.mantilla@epmmop.gob.ec

Teléfono: 3945200 Ext 31661

  • Ordenanza Municipal 001 Código Municipal - Art(s). Art. I.2.119.- Objeto principal

    Objeto principal.- El objeto principal de la empresa pública metropolitana, es el
    siguiente:
    a. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura de vías y
    espacio público;
    b. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar todo tipo de infraestructura
    para movilidad;
    c. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura del sistema de transporte terrestre;
    d. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar el espacio público destinado a estacionamientos;
    e. Prestar servicios públicos a través de la infraestructura a su cargo; y,
    f. Las demás actividades operativas y de prestación de servicios relativas a las competencias que le corresponden al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional y metropolitano, en el ámbito de la movilidad y ejecución de obras públicas.
    Para el cumplimiento de su objeto y sin perjuicio de lo establecido en el régimen común de las
    empresas públicas metropolitanas, podrá:
    a. Promover la participación activa de la ciudadanía y la comunidad, en el desarrollo, preservación y
    cuidado de la obra pública entregada;
    b. Atender las necesidades de movilidad de peatones y usuarios que se movilicen en otros medios
    de transporte, con la construcción y dotación de la infraestructura pertinente; y,
    c. Brindar particular atención a las zonas carentes de obras, así como a aquellas en que existan o se
    proyecten altos niveles de concentración poblacional.


 

2024-11-15