Para la atención del trámite, deberá cancelar el valor de la tasa correspondiente por el servicio de: “Revisión y pronunciamiento respecto al Informe Ambiental de Cumplimiento (bajo impacto y riesgo ambiental, excepto proyectos de telecomunicaciones inalámbricas)”, conforme lo dispuesto en el Artículo 1620 Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.- Ordenanza Metropolitana Nro.001-2019, publicada en el Registro Oficial, edición especial, Nro. 902 de 07 de mayo de 2019 y sus reformas, que corresponde al 10% del costo de la elaboración del informe (presentar factura del consultor); mínimo 0,2 Salarios básicos unificados del trabajador en general.
En caso de requerirse Plan de Acción, deberá cancelar el valor de la tasa correspondiente por el servicio de: "Revisión y pronunciamiento de informe de situación de emergencia, plan emergente o plan de acción, e informe ambiental de cumplimiento de la implementación", conforme lo dispuesto en el Artículo 1620 Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.- Ordenanza Metropolitana Nro.001-2019, publicada en el Registro Oficial, edición especial, Nro. 902 de 07 de mayo de 2019 y sus reformas, que corresponde a 1,5 Salarios básicos unificados del trabajador en general.