Se refiere a la habilitación, mediante un contrato, para la gestión integral de residuos sanitarios, peligrosos y/o especiales, desde su recolección hasta el tratamiento y/o disposición final mediante la planta de tratamiento en el Relleno Sanitario de Quito o de un gestor ambiental autorizado.
Definiciones de términos según Ordenanza Metropolitana No. 090-2025:
*Desechos Sanitarios: Son desechos infecciosos que contienen patógenos y representan riesgo para la salud humana y el ambiente, es decir, son aquellos que cuentan con característica de peligrosidad biológico-infecciosa. Los desechos sanitarios se clasifican en: Desechos biológico-infecciosos, Desechos corto-punzantes, Desechos anatomopatológicos.
*Desechos Especiales: Se considerarán como desechos especiales los siguientes:
i. Aquellos desechos que sin ser peligrosos, por su naturaleza, pueden impactar al ambiente o a la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación y, para los cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reuso y/o reciclaje con el fin de reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y disposición, así como la sobresaturación de los rellenos
sanitarios municipales;
ii. Aquellos cuyo contenido de sustancias tengan características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, no superen los límites de concentración establecidos en la normativa ambiental nacional o en su defecto la normativa internacional aplicable.
iii. Aquellos que se encuentran determinados en el listado nacional de desechos especiales. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales.
*Residuos o desechos peligrosos: Son residuos o desechos con características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables y/o radioactivas, que representen un riesgo para la salud humana y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales aplicables.