Todo ciudadano mayor de 18 años, podrá presentar una denuncia referente a presuntos actos de corrupción en contra de cualquier servidor municipal, dentro de todas dependencias municipales del GAD Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Comisión Metropolitana de Lucha Contra la Corrupción por medio de su página web, correo institucional o de manera escrita en sus oficinas.
Se entenderá por corrupción a cualquier acto realizado por un servidor municipal en el cual se aproveche de su cargo para alcanzar fines prohibidos por ley, que provoque una ventaja o un beneficio ilícito para sí mismo o terceros.
En artículo I.2.173 del Código Municipal señala:"Definición de corrupción.- Para los efectos de este Título, se entenderá por corrupción el abuso del poder público o administrativo perpetrado, en cualquiera de los niveles de la Municipalidad, por acción u omisión de agentes públicos o de particulares, cualquiera que sea la jerarquía o forma de designación o tipo de vinculación, administrativa, laboral u honorífica, de los primeros, o la naturaleza jurídica de la personería de los segundos, que tienda a hacer, dejar de hacer, retardar u orientar las acciones o decisiones que por ley o por sus funciones estén dentro de las obligaciones de dichos agentes o personas, con el fin de obtener beneficios de cualquier índole (pecuniarios, legales, laborales, dádivas, favores, promesas, prebendas y privilegios o ventajas en general), para sí o para terceros, o con el propósito de causar daños a terceros; así como cualquier actuación o práctica que implique acceso irregular o ilegítimo a las acciones o decisiones de las funciones del Estado, sus órganos, instituciones o servicios, independientemente de que tales actos causen o no perjuicio pecuniario al Estado o a los órganos, entidades o servicios públicos. El presente concepto comprende también el acoso sexual, la exclusión de género y el racismo".