Código de Trámite: GADDMQ-TE-EAP-09

Descripción

Permite al usuario obtener más de un medidor de agua potable en el mismo predio, pero direccionado a diferentes unidades de vivienda o locales comerciales, lo que permite individualizar los consumos realizados por cada usuario sin considerar áreas comunales, recreacionales y/o cisternas.

¿A quién está dirigido?

Este servicio es aplicable para todos los clientes de la EPMAPS, sean personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras que cuenten con el servicio de agua potable y necesiten independizar su consumo siempre que no tengan áreas comunales, recreacionales, cisterna ni medidor general..

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

INSTALACIÓN DE MEDIDOR POR DERIVACIÓN

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Nombramiento del representante legal y RUC actualizado, en caso de ser persona jurídica.
  2. Comprobante de pago del Impuesto Predial.
  3. Foto impresa (legible) de la fachada y del armario donde se ubicarán los medidores, debidamente identificados con el número de casa, departamento o local.
  4. *La fotografía puede estar impresa en papel bond. En caso que el “Total de Medidores” sea mayor a 4 (cuatro), adicionalmente debe.: Adjuntar copia de la escritura de propiedad horizontal, derechos, acciones o posesión efectiva, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.
  5. Llenar el formulario para verificación del diámetro existente. (EPMAPS analizará el caso para emisión de factibilidad o cambio de diámetro).

Requisitos Especiales:

  1. En caso de ser varios propietarios adjuntar autorización simple de los otros, debidamente firmada.

¿Cómo hago el trámite?

  1. El cliente no debe tener medidor general; es decir, que no existen áreas comunales, recreaciones y/o cisterna que consuman agua potable adicional.
  2. El cliente debe llenar y suscribir el formulario de SOLICITUD DE DERIVACIONES
  3. Adjuntar los requisitos correspondientes, tener listo el sitio donde se va a instalar el medidor en función de los lineamientos técnicos de la EPMAPS constantes en el formulario de SOLICITUD DE DERIVACIONES
  4. Presentar la solicitud de instalación de medidores por DERIVACIONES a través de nuestros canales de atención.

En el servicio de post venta, la EPMAPS realizará al cliente una encuesta de satisfacción del servicio, mismo que será atendido  20 días laborables posterior a la aceptación del trámite.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo por concepto de conexión por derivación de 1/2 pulgada de agua potable es de USD 63,08.

Esta tarifa rige desde mayo 2019. Los valores serán cobrados a través de las facturas de consumo de agua potable y saneamiento.

Recuerde: No están autorizados los cobros directos de los servicios que presta la EPMAPS por contratistas ni servidores de la institución. No debe realizar ningún pago adicional al valor señalado en su factura. Denuncie los cobros indebidos a nuestra línea gratuita 1800 24 24 24 o al correo electrónico: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canales de atención Presencial:

Agencia: Valle de los Chillos
Dirección: Gribaldo Miño y Av. Ilaló, sector Dean bajo, Conocoto. Horario de Atención: Lunes-Viernes 08H00 a 16H45 (cerrada temporalmente)

Agencia: Quicentro Sur
Dirección: Centro Comercial Quicentro Sur local 84; 2do piso. Horario de atención: Lunes a Sábado: 08H30 a 18H00

Agencia: Matriz
Dirección: Av. Mariana de Jesús entre Italia y Alemania. Horario de Atención: Lunes-Viernes: 07H30 a 17H00. Sábados 08h00 a 12h00

Agencia: El Condado
Dirección: Centro Comercial El Condado, Local 107 - 109, Av. Prensa y Mariscal Sucre. Horario de Atención: Lunes-Sábado 10H00 a 18H30.

Agencia: Carapungo (Recaudación)
Dirección: Av. Luis Vaccari frente al Parque La Juventud Horario de Atención: Lunes-Viernes: 08H00 a 16H30

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

  • Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - Art(s). ARTICULO 568

    Art. 568.- Servicios sujetos a tasas.- Las tasas serán reguladas mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del alcalde municipal o metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo concejo, para la prestación de los siguientes servicios: a) Aprobación de planos e inspección de construcciones; b) Rastro; c) Agua potable: d) Recolección de basura y aseo público; e) Control de alimentos; f) Habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales; g) Servicios administrativos; h) Alcantarillado y canalización; e, i) Otros servicios de cualquier naturaleza. Cuando el gobierno central hubiere transferido o transfiera excepcionalmente al nivel de gobierno municipal o metropolitano las competencias sobre aeropuertos, se entenderá también transferida la facultad de modificar o crear las tasas que correspondan y a las que haya lugar por la prestación de éstos servicios públicos, a través de las respectivas ordenanzas.


 

2024-10-15