Código de Trámite: GADDMQ-CT-RTB-01

Descripción

Procesar, canalizar y resolver los procedimientos para la regularización de la ocupación informal del suelo, en procura de agilitar la emisión de informes y demás trámites pertinentes para la legalización de barrios, dentro del marco de la planificación y el ordenamiento de la ciudad.

¿A quién está dirigido?

Persona Jurídica - Privada

Cuando la propiedad se encuentra en unipropiedad a nombre de una organización social sin fines de lucro y sus beneficiarios son sus socios

Persona Jurídica - Pública

Cuando la propiedad se encuentra a nombre de una institución pública y sus beneficiarios son personas naturales que se encuentran posesionados en dicha propiedad

Persona Natural - Ecuatoriana

Cuando la propiedad se encuentra en copropiedad y sus beneficiarios son directamente los propietarios de los predios a regularizarse

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Factibilidad de ingreso al proceso de regularización

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. PARA REGULARIZACIÓN.: Se requieren los siguientes documentos. a. Nombre del asentamiento humano o de la organización social en la cual se agrupan. b. Nombres y apellidos completos del solicitante/beneficiario o representante legal. c. Cédula de identidad del solicitante/beneficiario o representante legal. d. Identificación precisa del asentamiento humano, con determinación de la provincia, cantón, parroquia, zona. e. Plano topográfico georreferenciado. f. Petición justificada de regularización. g. Datos de domicilio, número telefónico, correo electrónico. h. Escritura(s) del bien inmueble a regularizar. i. Facturas de pago de servicios, de existir. j. Inscripción y aprobación de la personalidad jurídica, en caso de ser organización social. PARA PARTICIÓN ADMINISTRATIVA. Se requieren los siguientes documentos. a. Solicitud al señor Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito requiriendo se efectúe el proceso de partición administrativa.

¿Cómo hago el trámite?

Los procesos de regularización de los asentamientos humanos de hecho y consolidados de interés social serán factibles con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. La ocupación del bien inmueble a regularizarse por un tiempo mínimo de 5 años;
  2. Propiedad del bien inmueble a nombre de los beneficiarios, sea de forma colectiva o individual mediante la figura de derechos y acciones;
  3. Una consolidación mínima del 35%, la cual será establecida de conformidad con los parámetros expuestos en el presente Título; y,
  4. Un mínimo de 11 lotes resultantes del proceso de regularización; y,
  5. Los demás requisitos establecidos en el presente Título.
Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lugar

En las Coordinaciones Desconcentradas de la Unidad Especial Regula Tu Barrio, ubicadas en las Administraciones Zonales:

Centro y Valles: Administración Zonal Manuela Saenz, Valle de los Chillos y Tumbaco; Dirección: Calle Gribaldo Miño s/n y Av. Ilaló, Conocoto

La Delicia: Administración Zonal La Delicia y Eugenio Espejo; Dirección: Av. la Prensa N66-101 y Capitán Ramón Borja

Calderón: Administración Zonal Calderón; Dirección: Av. Capitán Geovanny Calle 976 y Padre Luis Vacari (Sector Carapungo)

Quitumbe: Administración Zonal Quitumbe y Eloy Alfaro; Dirección: Av. Quitumbe y Cóndor

Horario de Atención

Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30

En eventos de socialización se lo efectúa en horarios a convenir con los Asentamientos Humanos de Hecho y Consolidados, finalizado el horario regular de trabajo incluido de ser el caso en los días sábados o domingos

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: 1800 510 510

  • Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Libro Cuarto - Art(s). Artículo IV.7.12.-  Artículo IV.7.27.-  Artículo IV.7.28.- 

    El proceso de regularización de asentamientos humanos de hecho y consolidados, busca el ordenamiento territorial mediante la aplicación de procesos habilitación del suelo y su integración urbana de los asentamientos humanos de hecho en zonas consolidadas y que se encuentran en circunstancias de irregularidad a fin de asegurar el derecho a la propiedad privada y la seguridad jurídica.
    DEL PROCEDIMIENTO PARA EXPROPIACION ESPECIAL, REGULARIZACION Y ADJUDICACION
    DE PREDIOS DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS DE HECHO DE INTERES SOCIAL EN
    SUELO URBANO Y DE EXPANSION URBANA
    Artículo IV.7.12.- 
    Artículo IV.7.27.- 
    Artículo IV.7.28.- 
    La Unidad Técnica Especializada en los procesos de regularización, en coordinación con la dependencia municipal rectora en temas de territorio y hábitat, deberá identificar y realizar un levantamiento anual de información de todos los asentamientos humanos de hecho y consolidados, a fin de que sean analizados para el proceso de regularización. Dicha identificación servirá de insumo para que la Unidad Técnica determine los asentamientos cuya regularización deba ser promovida en forma prioritaria, en cumplimiento de las condiciones sociales, legales, ambientales y de riesgos de la propiedad.
    Esta información será remitida a las instancias públicas correspondientes conforme lo determinado en la normativa nacional vigente, para ello, se contará previamente con un diagnóstico integral que identifique a los beneficiarios, la capacidad de integración urbana del asentamiento, la ausencia de riesgos para la población y el respeto al patrimonio natural y cultural, en los términos y condiciones establecidos en la Ley.
    Los procesos de regularización se realizarán exclusivamente sobre los asentamientos identificados en la Unidad Técnica, no pudiendo incluirse posteriormente más asentamientos en este proceso, a excepción de que un asentamiento pruebe debidamente que cumple con los requisitos establecidos para su regularización y que no fue incluido en esta identificación.


 

2024-09-15