Código de Trámite: GADDMQ-AL-CON-04

Descripción

Para efectos de la participación ciudadana en iniciativas legislativas que se discutan en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito en las sesiones de Concejo Metropolitano, se ha implementado el trámite denominado “silla vacía”.

Figura que la ocupará uno o varios representantes de la ciudadanía, con el propósito de que las organizaciones de hecho como de derecho participen en los debates del pleno y de sus comisiones y en las correspondientes decisiones; para ello la organización social interesada deberá cumplir las condiciones establecidas en el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD en su artículo 311 regula el mecanismo de silla vacía y dispone que: “Las personas que participen con voto serán responsables administrativa, civil y penalmente. El ejercicio de este mecanismo de participación se regirá por la ley y las normas establecidas por el respectivo gobierno autónomo descentralizado”.

Las ciudadanas y ciudadanos de forma colectiva a través de las instancias participativas y democráticas determinarán las personas y representantes que participarán en las sesiones del Concejo Metropolitano de Quito.

El derecho a la silla vacía, conforme a la ley, se ejerce por tema, mas no por sesión. En consecuencia, las organizaciones acreditadas, a través del ciudadano que las represente, participarán en todas las sesiones que se convoquen para el tema en el cual fueron acreditados.

¿A quién está dirigido?

Para el mecanismo de participación ciudadana, mediante la silla vacía, la podrán presentar uno o varios representantes de la ciudadanía, con el propósito de que participen en los debates del pleno y de sus comisiones y en las correspondientes decisiones; para ello la organización social interesada deberá cumplir las condiciones establecidas en el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

Las organizaciones acreditadas, a través del ciudadano que las represente, participarán en todas las sesiones que se convoquen para el tema en el cual fueron acreditados, entendiéndose como organizaciones sociales a las que son de hecho y de derecho.

Son organizaciones sociales de hecho aquellas que no tienen personería jurídica y no poseen una estructura organizacional definida, se mantienen por la voluntad de sus miembros, quienes se reúnen o interactúan por un asunto determinado, y al contrario las organizaciones de derecho, son persona jurídicas sin fines de lucro, quienes cuentan con una directiva y un representante legal. Teniendo así la capacidad jurídica de obligarse y contratar así como responder judicial y extrajudicialmente por sus asociados.

Podrán participar en la calificación a silla vacía, las organizaciones de la sociedad civil, asociaciones, comités, asambleas, cabildos y en general cualquier tipo de forma de organización de hecho y de derecho legales que mantenga su domicilio civil en el Distrito Metropolitano de Quito.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Calificación silla vacía

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Es funcionario público en un cargo relacionado con el tema a tratarse?.: No haber participado como candidato principal o alterno a Concejal o Alcalde en el presente período legislativo.

Requisitos Especiales:

  1. Persona natural.: Solicitud escrita formal con el tema específico a tratar y su vínculo con al iniciativa legislativa. Definir la exposición de motivos, la posición al respecto del proyecto y el interés particular. Debe mantener su domicilio civil en el Distrito Metropolitano de Quito.
  2. Representación de Organización Social.: Solicitud escrita formal (formato adjunto) anexando el acta emitida por la organización social, designando al representante principal y suplente, con el tema específico a tratar y su vínculo con al iniciativa legislativa. Definir la exposición de motivos, la posición al respecto del proyecto y el interés de la organización. Debe mantener su domicilio civil en el Distrito Metropolitano de Quito.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Elaborar una solicitud escrita formal, adjuntando el acta emitida por la organización social en la Secretaría General del Concejo, indicando: nombres completos del interesado en participar, el tema específico a tratar vinculado a una iniciativa legislativa, una exposición de motivos y un resumen de su posición al respecto, debidamente fundamentada y específica sobre la iniciativa normativa planteada. 
  2. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”
  3. Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe realizar el registro de usuario como personal natural o jurídica, según sea el caso.
  4. Ingresar en formato digital todos los requisitos establecidos para atención del trámite.
  5. Recibir la respuesta a su trámite mediante un correo electrónico o ingresando en consulta de trámites con su usuario y clave personal.

 

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30

Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en la Secretaría General del Concejo Metropolitano de Quito, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, calles Venezuela y Chile, Palacio Municipal.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

  • Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Libro Primero - Art(s). Art. I.3.136.

    Para efectos de la participación ciudadana en iniciativas legislativas que se discutan en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, se implementará la silla vacía en las sesiones de Concejo Metropolitano, que la ocupará uno o varios representantes de la ciudadanía, con el propósito de que participen en los debates del pleno y de sus comisiones y en las correspondientes decisiones; para ello la organización social interesada deberá cumplir las condiciones establecidas en el presente Título.


 

2024-09-15