Código de Trámite: GADDMQ-AM-SAM-13

Descripción

Trámite dirigido a la obtención de Autorizaciones Administrativas Ambientales Tipo "Licencia Ambiental", a través del Sistema Único de Información Ambiental -SUIA-, para las personas (naturales o jurídicas) que ejecuten proyectos, obras o actividades de mediano o alto impacto ambiental en el Distrito Metropolitano de Quito; siempre que los mismos no sean de competencia exclusiva de la Autoridad Nacional Ambiental (MAATE) o, intersequen con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectora o Patrimonio Forestal del Estado.
Este procedimiento está definido para proyectos que inicien su proceso de regularización ambiental, en base a la normativa legal vigente: Código Orgánico del Ambiente (172 al 198) y; Reglamento al Código Orgánico del Ambiente (Art. 420 al 481)

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que, a cuenta propia o a través de terceros, desempeñe de forma regular o accidental dentro del Distrito Metropolitano de Quito, una actividad económica o profesional que tenga el potencial de afectar la calidad de los recursos naturales como resultado de sus acciones u omisiones o que, en virtud de cualquier título, controle dicha actividad o tenga un poder económico determinante sobre su funcionamiento técnico.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Autorización Administrativa Ambiental tipo LICENCIA AMBIENTAL

Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental que incluye Plan de Manejo Ambiental.

Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. 1. Solicitud de Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectora, Patrimonio Forestal del Estado. 2. Presentación del Estudio de Impacto Ambiental (incluye Plan de Manejo Ambiental). 3. Informe de Sistematización del Proceso de Participación Ciudadana o del mecanismo de participación social que defina la Autoridad Ambiental Nacional. 4. Pago por Servicios Administrativos. 5. Póliza o garantía por responsabilidades ambientales (póliza de fiel cumplimiento).

Requisitos Especiales:

  1. 1. Términos de Referencia en caso que se aplique al sector hidrocarburos (Inclusiones). 2. Permiso del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural INPC (para Prospección Arqueológica y Visto Bueno). 3. Permiso de uso y aprovechamiento de agua – MAATE, en caso que aplique. Sector minero.: - Título minero registrado en Registro Minero. - Certificado de vigencia de derechos mineros otorgado por la Unidad de Áridos y Pétreos o por ARCOM. - Calificación bajo el régimen especial de pequeña minería (si el proyecto afecta al sector minero). - Certificado de no afectación a recursos hídricos. - Los EsIA tienen que ser elaborados por una compañía consultora ambiental calificada por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En caso de proyectos, obras o actividades calificados bajo el régimen especial de pequeña minería no requiere un consultor calificado.

¿Cómo hago el trámite?

1. Acceder al sistema SUIA a través de la opción “Ir al trámite en línea"
2. Registrar los datos para obtener el nombre de usuario y contraseña en el SUIA    
3. Ingresar en el SUIA con usuario y contraseña
4. En el sistema SUIA, seleccionar la opción "proyectos" y luego "ingreso de información preliminar".  Escoger la opción que aplique: a) Proyecto Nuevo (Licencia Ambiental) o; b) Proyecto en operación sin regularización ambiental (diagnóstico ambiental)
5. Registrar los datos generales del proyecto e ingresar las coordenadas geográficas y de implantación del proyecto en archivo EXCEL, de acuerdo con la plantilla descargada en el SUIA
6. Ingresar la dirección del proyecto (campo obligatorio), donde se especifiquen nombres y números de calles u otras referencias precisas.
7. Seleccionar el código CIIU de la actividad principal y, de ser el caso, de las complementarias.
8. Completar la demás infromación requerida en el sistema de acuerdo a la actividad y magnitud del proyecto.
9. Validar y aceptar la información ingresada.
10. Descargar el Oficio de Certificado de Intersección (en caso de tener intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Patrimonio Forestal Nacional o Zonas Intangibles, se emitirá un Informe de Viabilidad Ambiental y se continuará el proceso con la Autoriad Nacional Ambiental)
11. Descargar los Términos de Referencia -TDRs- para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental -EsIA- y Plan de Manejo Ambiental -PMA-
12. Elaborar y cargar el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) para proyectos nuevos ó, Diagnóstico Ambiental para proyectos en funcionamiento (elaborado por consultores acreditados por el MAATE).
13. Recibir pronunciamiento técnico del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), por parte de la Secretaría de Ambiente del Municipio de Quito.
14. Ejecutar el Proceso de Participación Ciudadana o el mecanismo que defina la Autoridad Ambiental Nacional, para socializar el EsIA y PMA en el área de influencia del proyecto. (Proyectos de alto impacto ambiental requiere pago de facilitador USD$ 1500 + IVA).
15. Recibir el Pronunciamiento de Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).
16. Realizar el pago en BanEcuador en la cuenta Corriente: 3001181038, Código Sublínea: 370102
17. Realizar la validación del comprobante de pago por tasas administrativas y de póliza de fiel cumplimiento al PMA. Una vez realizada la validación por parte     de la Secretaría de Ambiente y el Fondo Ambiental, el promotor deberá cargar la información en el SUIA:
      a) Para proyectos y actividades nuevas, el 1x1000 (uno por mil) / costo total del proyecto que cause riesgo o impacto ambiental alto (documento      debidamente notariado); mínimo usd$. 1.000
     b) Para actividades y proyectos en funcionamiento que causen riesgo o impacto ambiental alto, el 1x1000 (uno por mil) / costo de operación del último año (formulario 101 del SRI, ITEM casilla 799 Costo de Operaciones de cada proyecto, representados en los estados de resultados individuales); mínimo usd$. 1.000 (documento debidamente notariado).
    c) Póliza de fiel cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental (empresas privadas y empresas de economía mixta con inversión del Estado, menor a las dos   terceras partes)
18. Recibir y descargar la Autorización Administrativa Ambiental tipo LICENCIA AMBIENTAL.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)

¿Cuál es el costo del trámite?

- Para proyectos o actividades nuevas el 1 x 1000 (uno por mil) sobre el costo total del proyecto; mínimo USD 1000,00.

- Para actividades o proyectos en funcionamiento que cause riesgo o impacto ambiental alto el 1 x 1000 (uno por mil) sobre el costo de operación del último año (Formulario 101 del SRI, ítem/casilla 799, costos de operaciones de cada proyecto, representados en los Estados de Resultados individuales); mínimo USD 1000,00.

* Tomar en cuenta los valores generados (primas) por las entidades financieras, al momento de emitir las pólizas o garantías por fiel cumplimiento del Cronograma Valorado por el Plan de Manejo Ambiental, aprobado por la Autoridad Ambiental Distrital para el proyecto, obra o actividad.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea en el SUIA, habilitado las 24 horas.

Para consultas sobre inconvenientes con el SUIA puede contactarse al email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Para consultas sobre el proceso de regularización ambiental y legislación aplicable, puede contactarse en el horario de 8h00 a 16h30 al teléfono: 023952300, ext. 24114, 24148, 24116.
Secretaría de Ambiente, Av. Río Coca E6-85 e Isla Genovesa

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La Autorización Administrativa Ambiental tipo Licencia Ambiental tiene una vigencia durante toda la vida útil del proyecto, obra o actividad productiva, en todas sus fases (construcción, operación, mantenimiento, cierre y abandono).

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Secretaría de Ambiente del DMQ

Email: sambiente.tramites@quito.gob.ec

Teléfono: 02 3952300 ext.:24114, 24148, 24116

  • Reglamento al Código Orgánico del Ambiente - Art(s). 420 al 481

    Reglamento al Código Orgánico del Ambiente (1355)

  • Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Libro Cuarto - Art(s). 3205 - 3206 -3207 -3209- 3210-1620

    Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito: LIBRO IV.3 DEL AMBIENTE
    TÍTULO V. DEL SISTEMA DE MANEJO AMBIENTAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO  
    CAPÍTULO II. DEL SISTEMA DE MANEJO AMBIENTAL EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO - Artículo 3205.- Actores del sistema.-
    CAPÍTULO III. DE LA REGULARIZACIÓN AMBIENTAL EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO - Artículo 3206.- De la regularización ambiental - Artículo 3207.- De los instrumentos para la obtención de permisos y autorizaciones administrativas ambientales.
    CAPÍTULO IV. DE LA PÓLIZA O GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO AL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL - Artículo 3209.- Del establecimiento de la póliza o garantía de fiel cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental.-
    CAPÍTULO V. PARTICIPACIÓN SOCIAL - Artículo 3210.- De la participación social en la gestión ambiental.-
    CAPÍTULO XX DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS POR SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS CON LA REGULARIZACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL AMBIENTAL - Artículo 1620.

  • Código Organico del Ambiente - Art(s). 172 al 198

    Código Orgánico del Ambiente


 

2024-10-15