Todo propietario Jurídico-Privada, Jurídica-Pública, Natural-Ecuatoriana, Natural-Extranjera de un lote de terreno en el Distrito Metropolitano de Quito, que haya obtenido su respectiva licencia metropolitana urbanística de edificación LMU 20 podrá requerir la autorización para declaratoria bajo el régimen de propiedad horizontal.
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