Código de Trámite: GADDMQ-AL-AMC-05

Descripción

El Certificado de Conformidad de Finalización de Proceso Constructivo (CCF), es el informe favorable extendido por la Agencia Metropolitana de Control como órgano competente del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en el que se hace constar el cumplimiento del proyecto técnico aprobado como condición material de la Licencia Metropolitana Urbanística LMU (20) otorgada al titular del predio para el ejercicio de su derecho a edificar bajo las reglas técnicas y normas administrativas establecidas en el Código Municipal.

El otorgamiento de este Certificado se realizará posterior a la notificación de finalización del proceso constructivo, realizado por parte del Administrado a la Agencia Metropolitana de Control como autoridad competente, luego de la constatación del cumplimiento del proyecto técnico aprobado o con la presentación de la Declaración de Fiel Cumplimiento del Administrado, y del Permiso de Ocupación emitido por el Cuerpo de Bomberos.

El Certificado de Conformidad de Finalización de Proceso Constructivo (CCF) deberá ser obtendio siempre que haya cumplido con lo siguiente:

  • Todas la Edificaciones deberán contar con servicios de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado o sistema de evacuación de aguas.
  • Las Edificaciones con usos residenciales, deberán contar por cada unidad habitacional con condiciones mínimas de habitabilidad, entendiéndose como tales cocina y baño terminados, puertas y ventanas exteriores, no siendo necesario los trabajos de acabados al interior de la edificación, tales como carpintería, ventanas interiores, recubrimiento de pisos, pintura y enlucido.
  • En edificaciones que requieran obligatoriamente uno o varios ascensores, aquellos deberán encontrarse en funcionamiento.
  • Las Edificaciones con otros usos, diferente al residencial, deberán concluir el proceso constructivo en su totalidad.

¿A quién está dirigido?

Todos los Administrados públicos o privados con o sin personería jurídica que desarrollen procesos constructivos dentro del Distrito Metropolitano de Quito, deben cumplir con el ordenamiento jurídico metropolitano establecido y obtener el certificado de acredite dicha condición.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Certificado de Conformidad de Finalización de Proceso Constructivo

Informe Técnico de Control de Finalización de Proceso Constructivo con observaciones

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario N°25 lleno y firmado.: https://agenciadecontrol.quito.gob.ec/images/archivos/formulario/form-25-not-fin-edif-(lmu-20).xlsx_.
  2. Permiso de Ocupación del cuerpo de bomberos (CBDMQ).

¿Cómo hago el trámite?

  1. Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”.
  2. Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe realizar el registro de usuario como personal natural o jurídica, según sea el caso.
  3. Descargar, llenar el FORMULARIO-N°25 Notificación fin LMU-20 y adjuntar formulario firmado electrónicamente https://agenciadecontrol.quito.gob.ec/images/archivos/formularios2023/Formulario-N%C2%BA25-not-fin-edif-(lmu-20).xlsx.
  4. Adjuntar el Certificado Cumplimiento de Obligaciones Patronales (IESS).
  5. El ciudadano recibirá la respuesta mediante un correo electrónico de recepción con el código asignado a su trámite, usuario y contraseña para su seguimiento.

 

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)

¿Cuál es el costo del trámite?

La tasa de aprobación de procesos constructivos comprende la emisión u obtención de la Licencia Metropolitana Urbanística (LMU-20) y el certificado de conformidad de finalización del proceso constructivo, y será cancelada de la siguiente manera:

El pago de la tasa por la emisión de la Licencia Metropolitana Urbanística (LMU- 20) se efectuara una vez obtenida la documentación generada por las Entidades Colaboradoras, y tendrá un valor de USD. 4,13 (Cuatro con 13/100 dólares americanos, valor se actualiza anualmente). Al pago de la tasa por la emisión de la Licencia Metropolitana Urbanística (LMU-20) se añadirá el 30% del valor de la tasa por la emisión del certificado de conformidad de finalización del proceso constructivo (LMU-20). El mismo será calculado de conformidad a los valores incurridos por las inspecciones realizadas a las edificaciones, multiplicando el número de metros cuadrados de construcción, que la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda determine hasta el 30 de noviembre de cada año; y, multiplicando por el factor fijo de finalización del proceso constructivo equivalente al uno por mil (1x1000) a partir de un área bruta de construcción de 41 m2.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 08h00 y las 16h30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El documento emitido no caduca y avaliza exclusivamente el cumplimiento normativo vigente a la fecha de su emisión.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: 1800 510 510

  • CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO (Ordenanza Metropolitana No.0053-2023) - Art(s). 2040

    Del certificado de conformidad de finalización del proceso constructivo.- Es el informe favorable extendido por el órgano competente del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, directamente o a través de las Entidades Colaboradoras, en el que se hace constar el cumplimiento del proyecto técnico aprobado como condición material de la LMU (20) otorgada.
    El otorgamiento de este certificado se realizará posterior a la notificación de finalización del proceso constructivo realizado por parte del administrado a la Agencia Metropolitana de Control como autoridad competente, luego de la constatación del cumplimiento del proyecto técnico aprobado o con la presentación de la Declaración del Fiel Cumplimiento del administrado, y del Permiso de Ocupación emitido por el Cuerpo de Bomberos.


 

2024-10-15