Código de Trámite: GADDMQ-DP-ESA-02

Descripción

Este trámite permite levantar la prohibición de enajenar un inmueble afectado por una declaratoria de utilidad pública con fines de expropiación, para el desarrollo de proyectos aeroportuarios del DMQ.

¿A quién está dirigido?

Todo propietario, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, cuyos inmuebles se encuentran impedidos de enajenar por haberse inscrito en el Registro de la Propiedad una declaratoria de utilidad pública con fines de expropiación, mediante Resolución adoptada por la EPMSA.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Informes técnico y/o jurídico que señalen la pertinencia del levantamiento de la prohibición de enajenar de inmuebles que han sido declarados de utilidad pública con fines de expropiación.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud de levantamiento de prohibición de enajenar, individualizando el predio.
  2. Número de predio.
  3. Cédula de ciudadanía y certificado de votación del peticionario.
  4. Copia de la Escritura del bien inmueble, inscrita en el Registro de la Propiedad.
  5. Certificado de gravamen actualizado, emitido por el Registro de la Propiedad.

Requisitos Especiales:

  1. Nombramiento representante legal.: Documento vigente. (En caso de que aplique).

¿Cómo hago el trámite?

  1. Revisar si en el certificado de gravamen, consta que la prohibición de enajenar haya sido impuesta por la EPMSA.
  2. Realizar la solicitud de levantamiento de prohibición de enajenar dirigida al Gerente General. En la solicitud, se deberá individualizar el predio.
  3. Reunir los requisitos obligatorios y especiales (según el caso)
  4. Acudir a la recepción de documentación con los requisitos obligatorios y especiales (cuando aplique), en EPMSA ubicada en Calle Principal, Edf. Quito Airport Center (QAC), segundo piso, Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre, Tababela.
  5. Entregar los requisitos.
  6. Recibir el número del trámite con el que se podrá realizar seguimiento.
  7. Recibir respuesta a su trámite, mediante el correo electrónico registrado.
Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Canal Presencial

Horario de atención: 8:00 a 16:30

EPMSA, Calle Principal, Edf. Quito Airport Center (QAC), segundo piso, Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre, Tababela.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Empresa Pública Metropolitana de Servicios Aeroportuarios y Gestión de Zonas Francas y Regímenes Especiales

Email: juridico@aeropuertoquito.gob.ec

Teléfono: 02 - 3959360

  • RESOLUCIÓN Nro. AQ 52 - 2022 - Art(s). Artículo 2

    La resolución establece que en el Artículo 2.- "Delegar en calidad de Presidente del Directorio de las Empresas Públicas Metropolitanas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 447 del COOTAD, a los Gerentes Generales de las Empresas Públicas Metropolitanas que hayan impuesto prohibiciones de enajenar, la suscripción de la documentación necesaria con el propósito de levantar dichas medidas respecto de los procesos expropiatorios a su cargo."


 

2024-09-15