Todo propietario, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, cuyos inmuebles se encuentran impedidos de enajenar por haberse inscrito en el Registro de la Propiedad una declaratoria de utilidad pública con fines de expropiación, mediante Resolución adoptada por la EPMSA.
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