Código de Trámite: GADDMQ-AL-PSJ-16

Descripción

Este trámite está orientado a brindar atención especializada de acogimiento temporal a adolescentes víctimas de violencia basada en género, sexual y sus hijos/as.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está orientado a mujeres adolescentes ecuatorianas o extranjeras entre 12 (doce) y 17 (diecisiete) años 11(once) meses de edad y sus hijos/as de ser el caso en situación de vulnerabilidad y/o víctimas de violencia sexual.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Atención especializada de acogimiento temporal a adolescentes víctimas de violencia basada en género, sexual y sus hijos/as.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Resolución emitida por autoridad competente que determine el acogimiento.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Recepción de la Resolución Judicial o Administrativa que ordena el acogimiento de la adolescente por parte del personal de la Casa de Acogida.
  2. Realizar el ingreso en la ficha de registro que será entregado por el personal del Patronato San José.
  3. Recibir el servicio de atención especializada de acogimiento temporal a adolescentes víctimas de violencia basada en género, sexual y sus hijos/as.
Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lugar: Casa de la Adolescente.
Horario: Lunes a domingo, 24 horas ininterrumpidas.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos

Email: info@patronato.quito.gob.ec

Teléfono: 1800 288 523

  • Ley orgánica integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres - Art(s). 38

    e) Garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género, los servicios integrales de
    casas de acogida con personal especializado, tanto en los cantones como en las provincias, que pueden para su garantía, establecerse en mancomunidad o a través de alianzas público- privadas, debidamente articulados con la Red de Casas de Acogida a nivel nacional;
    g) Establecer mecanismos para la detección y derivación a las instituciones del Sistema, de los casos de violencia de género contra las mujeres;
    i) Implementar protocolos de detección, valoración de riesgo, información y referencia de mujeres víctimas de violencia de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Registro de Violencia de Género contra las Mujeres;
    k) Remitir la información necesaria para la construcción de estadísticas referentes al tipo de infracción, sin perjudicar la confidencialidad que tienen la naturaleza del tipo de
    causas;


 

2024-09-15