Código de Trámite: GADDMQ-AL-PSJ-18

Descripción

Este trámite está orientado a brindar atención especializada en modalidad comunitaria y de acogida a personas de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+) inmersas en situaciones de violencia y/o discriminación por razones de género y/o sexualidad.

¿A quién está dirigido?

Este trámite está orientado a personas naturales ecuatorianas o extranjeras de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+) inmersas en situaciones de violencia y/o discriminación por razones de género y/o sexualidad.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Atención especializada de acogida a personas de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Información general que permita realizar la identificación del usuario/a.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Solicitar la atención mediante una llamada telefónica al número 1800-288-523 o acercarse de manera presencia al Centro de Acogida.
  2. Realizar la inscripción en los formularios que serán entregados por el personal del Patronato San José.
  3. Completar y aceptar el consentimiento informado y normas de convivencia para ingresar al centro de acogida.
  4. Participar en actividades del centro.
  5. Acudir a atención interdisciplinaria.
Canales de atención: Presencial

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lugar: Casa de las Diversidades Q+ - Calle Galápagos OE6-147 y Cuenca.
Horario: Lunes a domingo, 24 horas ininterrumpidas.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios ciudadanos

Email: info@patronato.quito.gob.ec

Teléfono: 1800 288 523

  • Ley orgánica integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres - Art(s). 38

    e) Garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género, los servicios integrales de
    casas de acogida con personal especializado, tanto en los cantones como en las provincias, que pueden para su garantía, establecerse en mancomunidad o a través de alianzas público- privadas, debidamente articulados con la Red de Casas de Acogida a nivel nacional;
    g) Establecer mecanismos para la detección y derivación a las instituciones del Sistema, de los casos de violencia de género contra las mujeres;
    i) Implementar protocolos de detección, valoración de riesgo, información y referencia de mujeres víctimas de violencia de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Registro de Violencia de Género contra las Mujeres;
    k) Remitir la información necesaria para la construcción de estadísticas referentes al tipo de infracción, sin perjudicar la confidencialidad que tienen la naturaleza del tipo de
    causas;

  • REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA INTEGRAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - Art(s). 31

    a) Brindar servicios de atención observando los enfoques de género, intergeneracional, de discapacidades, de movilidad humana y de interculturalidad;
    c) Garantizar que las víctimas de violencia contra las mujeres tengan acceso a atención emergente e integral;
    g) Garantizar asistencia jurídica y patrocinio legal para restituir los derechos vulnerados de las víctimas de violencia contra las mujeres y propiciar su reparación integral;
    k) Desarrollar e implementar modelos y protocolos de atención integral dirigidos a las víctimas de violencia contra las mujeres, con especial énfasis en niñas y adolescente, que incluyan atención legal, psicológica. médica y social;


 

2024-09-15