Este trámite está orientado a brindar atención especializada en modalidad comunitaria y de acogida a personas de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+) inmersas en situaciones de violencia y/o discriminación por razones de género y/o sexualidad.
Este trámite está orientado a personas naturales ecuatorianas o extranjeras de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+) inmersas en situaciones de violencia y/o discriminación por razones de género y/o sexualidad.
Atención especializada de acogida a personas de la diversidad sexo genérica (LGBTIQ+).
Lugar: Casa de las Diversidades Q+ - Calle Galápagos OE6-147 y Cuenca. Horario: Lunes a domingo, 24 horas ininterrumpidas.
Contacto: Servicios ciudadanos
Email: info@patronato.quito.gob.ec
Teléfono: 1800 288 523
Ley orgánica integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres - Art(s). 38
e) Garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género, los servicios integrales decasas de acogida con personal especializado, tanto en los cantones como en las provincias, que pueden para su garantía, establecerse en mancomunidad o a través de alianzas público- privadas, debidamente articulados con la Red de Casas de Acogida a nivel nacional;g) Establecer mecanismos para la detección y derivación a las instituciones del Sistema, de los casos de violencia de género contra las mujeres;i) Implementar protocolos de detección, valoración de riesgo, información y referencia de mujeres víctimas de violencia de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Registro de Violencia de Género contra las Mujeres;k) Remitir la información necesaria para la construcción de estadísticas referentes al tipo de infracción, sin perjudicar la confidencialidad que tienen la naturaleza del tipo decausas;
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA INTEGRAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - Art(s). 31
a) Brindar servicios de atención observando los enfoques de género, intergeneracional, de discapacidades, de movilidad humana y de interculturalidad;c) Garantizar que las víctimas de violencia contra las mujeres tengan acceso a atención emergente e integral;g) Garantizar asistencia jurídica y patrocinio legal para restituir los derechos vulnerados de las víctimas de violencia contra las mujeres y propiciar su reparación integral;k) Desarrollar e implementar modelos y protocolos de atención integral dirigidos a las víctimas de violencia contra las mujeres, con especial énfasis en niñas y adolescente, que incluyan atención legal, psicológica. médica y social;
2024-09-15