Código de Trámite: GADDMQ-TE-IMP-01

Descripción

Trámite orientado para la ciudadanía del Distrito Metropolitano de Quito que desee participar en programas para la intervención de inmuebles patrimoniales o de interés patrimonial de propiedad privada. Los programas son:

  • Intervención en cubiertas (Quinta Fachada-QF).

La inversión de la intervención puede ser asumida por el propietario en un 50% y el Municipio del DMQ absorberá el otro 50%, siempre que el presupuesto no supere los US$ 30.000,00. Si este es mayor, el Municipio del DMQ invertirá US$ 15.000,000 y el propietario cancelará la diferencia a través del pago del impuesto predial, en un plazo de hasta 10 años sin intereses.

  • Recuperación de fachadas (Recuperación de Imagen Urbana-RIU).

El Municipio del DMQ ayudará con el 50% de la inversión ejecutada y el propietario cancelará la diferencia a través del pago del impuesto predial, en un plazo de hasta 10 años sin intereses.

  • Mantenimiento menor.

En los inmuebles destinados a vivienda se pueden reparar elementos arquitectónicos representativos, tales como escaleras, pisos de piedra en patios interiores, fachadas internas, galerías, pintura mural, latones en cielo rasos, etc.El Municipio del DMQ, puede invertir hasta USD 10.000,00 por predio, que se deberá cancelar en su totalidad a través del pago del impuesto predial, en un plazo de hasta 10 años sin intereses.

NOTA: Para aplicar a los beneficios del programa el solicitante obligatoriamente debe poseer un inmueble calificado como patrimonial o de interés patrimonial, información que puede ser proporcionada por la Dirección de Inventario del IMP; además deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones tributarias del bien inmueble patrimonial.

¿A quién está dirigido?

Propietarios de bienes inmuebles patrimoniales o de interés patrimonial de propiedad privada que deseen acceder a los programas para la intervención en cubiertas, recuperación de fachadas y mantenimiento.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?"

Acta de entrega única y definitiva

Documentación técnica de la obra

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Nro. de Predio;.
  2. Proyecto;.
  3. Certificado de gravámenes actualizado;.
  4. Documentos actualizados que acrediten el dominio del inmueble (Copia);.
  5. Documentación que justifique ingresos económicos (rol de pagos de los últimos seis meses, certificados de aportes al IESS, o, declaración al SRI de los últimos seis meses a un año).

Requisitos Especiales:

  1. Para terceras Personas.: Poder especial que lo faculte a acceder a los programas y cancelar los recursos reembolsables (Copia notariada para ecuatorianos y en el caso de personas que residen en el exterior poder apostillado).
  2. Para las personas jurídicas.: Nombramiento vigente del representante legal debidamente registrado (copia).
  3. Para las personas jurídicas.: Copia certificada del estatuto constitutivo de la persona jurídica y sus reformas, con las aprobaciones del Organismo pertinente.
  4. Para las personas jurídicas.: Copia certificada del acta de junta del máximo organismo de la persona jurídica, en la que se hubiera facultado al representante legal la aplicación al/los programa/s.
  5. Para Condóminos.: Copia del Nombramiento vigente del Administrador debidamente registrado.
  6. Para Condóminos.: De cada condómino, certificados vigentes de gravámenes emitidos por el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.
  7. Para Condóminos.: Documentos que justifiquen ingresos económicos (Rol de pagos de los últimos 6 meses, certificado de aportes al IESS, o, declaración al SRI de los últimos seis meses a un año).
  8. Para Condóminos.: Resolución de la asamblea general con la aprobación de mínimo del 60% de los copropietarios y el porcentaje restante deberá acogerse a lo resuelto en la asamblea general.
  9. Para Condóminos.: Cuadro de alícuotas de declaratoria de propiedad horizontal, que contenga. nombre de propietario, número de cédula, número de predio, clave catastral, alícuota.
  10. Propiedad de varias personas.: Poder especial que le faculte acceder al programa donde los propietarios nombrarán un apoderado o mandatario de los demás propietarios.

¿Cómo hago el trámite?

Canal Virtual

  1. Acceder por la opción "Ir al trámite en línea" y registrar usuario y clave; en caso de no contar con la Clave del sistema PAM, acceder al siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx en la opción "Creación de usuario"
  2. Llenar y adjuntar los datos (archivos) solicitados en el sistema según corresponda.
  3. Asistir a la inspección que realizará un técnico del IMP, en la cual le comunicarán si el bien inmueble puede ser intervenido así como una cotización referencial de los costos en los que se pueda incurrir.
  4. Recibir por el sistemas de servicios ciudadanos la notificación al cual debe responder y remitir los requisitos que sean solicitados por el técnico del IMP.
  5. Asistir a la inspección en la cual el técnico del IMP levantará la información para elaborar el presupuesto.
  6. Asistir a las instalaciones del IMP para legalizar el presupuestos y el acta de compromiso.
  7. Asistir el recorrido de inicio de la obra.
  8. Asistir a las inspecciones semanales
  9. Recibir al correo electrónico la notificación a su trámite y proceder a descargar el acta de recepción definitiva y la documentación técnica de la obra.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

CANAL VIRTUAL

  • Ventanilla habilitada las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.

CANAL PRESENCIAL

  • Lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en las oficinas de la Dirección de Proyectos Especiales del Instituto Metropolitano de Patrimonio-IMP, ubicado en la calle García Moreno N8-27 y Manabí.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Proyectos Especiales

Email: comunicacion.imp@quito.gob.ec

Teléfono: 3996300 Extensión 1119

  • ORDENANZA METROPOLITANA No. 072-2024 - Art(s). 3796 y 3823

    Artículo 3796.- Definición de áreas y bienes patrimoniales.- Para efectos de esta normativa se entenderá por áreas patrimoniales aquellos ámbitos territoriales que contengan o que constituyan en sí, bienes patrimoniales, que son elementos de valor natural, espacial o cultural que forman parte del proceso de conformación y desarrollo de los asentamientos humanos y que han adquirido tal significado social, que los hace representativos de su tiempo y de la creatividad humana.
    Artículo 3823.- De la inversión y rehabilitación del espacio público sobre bienes patrimoniales y áreas históricas o de interés patrimonial: El Instituto Metropolitano de Patrimonio asignará recursos para la inversión y rehabilitación del espacio público sobre bienes patrimoniales y áreas históricas o de interés patrimonial, calificadas así por el órgano competente del Instituto Metropolitano de Patrimonio. 1. Los bienes de dominio privado que se encuentran ubicados en dichas áreas y que sean beneficiados de los recursos para la inversión y rehabilitación de que trata el numeral anterior, se sujetarán, sea al régimen de contribuciones especiales de mejoras previsto en el ordenamiento jurídico metropolitano, o al régimen de donaciones y asignaciones no reembolsables previsto en el ordenamiento jurídico nacional y metropolitano.


 

2024-10-08